En 2027, Chicago introducirá un nuevo conjunto de normas para las bicicletas y patinetes eléctricos debido al aumento de lesiones y accidentes.
Estas normas especificarán quién puede usar estos vehículos, dónde se pueden conducir y los límites de velocidad que deben respetar.
Estecambio se produce tras la reciente firma por parte del gobernador JB Pritzker del proyecto de ley del Senado n.º 3484, que establece directrices para el transporte de «micromovilidad», incluidos los requisitos de edad y las normas de funcionamiento.
El secretario de Estado, Alexi Giannoulias, dijo:
«A medida que estos dispositivos de alta potencia se vuelven más rápidos y habituales en nuestras calles y aceras, hay demasiado en juego como para dejarlos sin regular y que superen los límites de la seguridad pública».
¿Qué va a cambiar con las bicicletas y los patinetes eléctricos en 2027?
Bicicletas eléctricas de alta velocidad
- La legislación establece requisitos específicos para los propietarios de bicicletas eléctricas de «alta velocidad», definidas como aquellas con motores eléctricos capaces de alcanzar velocidades superiores a 28 mph. Los propietarios deben tener carné de conducir, seguro de responsabilidad civil y el título de propiedad de la bicicleta, además de registrarla en el estado.
- Las bicicletas eléctricas de alta velocidad solo pueden circular por la calzada; no están permitidas en los carriles bici, en las vías para bicicletas ni en las aceras.
Bicicletas eléctricas de baja velocidad
Las bicicletas eléctricas de baja velocidad se clasifican como ciclomotores sin motor, lo que significa que tienen menos requisitos normativos.
¿Qué se considera una bicicleta eléctrica de «baja velocidad»?
- Bicicleta eléctrica de baja velocidad de clase 1: este tipo cuenta con un motor que proporciona asistencia al pedaleo y se detiene cuando la bicicleta alcanza las 20 mph.
- Bicicleta eléctrica de baja velocidad de clase 2: Este tipo cuenta con un motor que impulsa la bicicleta y deja de proporcionar asistencia cuando la bicicleta alcanza las 20 mph.
- Bicicleta eléctrica de baja velocidad de clase 3: este tipo incluye un motor que ofrece asistencia al pedaleo y se detiene cuando la bicicleta alcanza las 28 mph.
Normas adicionales para las bicicletas eléctricas de baja velocidad:
- La legislación clasifica las monopatines eléctricos, los monociclos y los patinetes (tanto de alta como de baja velocidad) que circulan a velocidades de hasta 28 mph como «dispositivos de micromovilidad eléctricos» y los clasifica como vehículos de motor.
- Los usuarios deben tener al menos 16 años; pueden utilizarlos en carriles bici y en senderos, así como en carreteras con límites de velocidad de hasta 35 mph. También pueden circular por carreteras con límites de velocidad más altos, pero solo si hay un carril bici designado.